Las piscinas privadas en una comunidad de vecinos representan uno de los principales atractivos para la compra de un inmueble en ese recinto. Son sinónimo de diversión, relajación y descanso, sobre todo en la época de verano. Además, aportan un valor estético a las zonas comunes del edificio y es un factor de revalorización.
Todo en ello parece positivo, pero también debe seguir ciertas directrices. Y es aquí donde más confusión hay, porque la normativa de piscinas privadas, sobre todo en una comunidad, es bastante extensa y compleja.
Intentamos detallarla un poco a continuación, para que puedas conocer todo lo que necesitas saber acerca de piscinas privadas comunitarias y sus normas.
Normativa de las piscinas privadas comunitarias
En primer lugar, la normativa de piscinas privadas la rige la ley. Concretamente, el Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre.
Además, se puede complementar con las normas comunitarias acordadas entre todos los vecinos de esa comunidad.
La normativa en cuestión de las piscinas privadas comunitarias se orienta principalmente a estos puntos de debate:
Tamaño de la piscina
El tamaño de una piscina es uno de los puntos clave de esta normativa y distingue entre el espacio general y el destinado a piscinas infantiles:
- La profundidad máxima en piscinas privadas comunitarias debe ser de 3 metros.
- La profundidad máxima en piscinas infantiles privadas comunitarias debe ser de 60 centímetros.
Tratamiento y calidad del agua
La normativa de piscinas privadas comunitarias también interviene en las directrices asociadas al tratamiento y la calidad del agua. Esto es lo que indica:
- La piscina debe incluir sistemas de limpieza y depuración, para que se garantice la salubridad del agua.
- Se considera fundamental disponer de duchas y que los usuarios las utilicen antes de entrar al agua.
- Se debe garantizar un mantenimiento óptimo de la piscina, para evitar suciedad y presencia de microorganismos u otros agentes externos de riesgo.
Normas de seguridad
En España se requiere la presencia de un socorrista cuando la superficie de la lámina de agua sea mayor a 200 metros cuadrados, así como cuando el aforo supera las 75 personas.
Su presencia tendrá que estar garantizada durante todo el horario de apertura de la piscina y con los correspondientes turnos de trabajo.
Respecto a accesorios como salvavidas o aros de salvamento, son regulados por cada Comunidad Autónoma. En principio es obligatorio para todas las piscinas, pero la cantidad depende de muchos factores, desde el aforo hasta el tipo de instalación acuática.
¿Quién se puede bañar en una piscina comunitaria?
Algunos aspectos del uso de las piscinas privadas comunitarias deben regularse en acuerdo entre los propietarios y uno de ellos es el relativo a quién se puede bañar.
En los Estatutos de la Comunidad o bien en los temas a tratar de una Junta, debe plasmarse la aprobación de quién puede bañarse y cómo.
Por ejemplo, es bastante común establecer normas de aforo, por las que se limite el acceso, tanto a propietarios como a invitados, mediante el uso de pulseras, tarjetas o invitaciones.
Hay excepciones que se plantean en esta cuestión, como la prohibición de entrada en caso de superación del aforo, para inquilinos morosos, etc.
¿Quién debe vigilar que se cumplan las normas?
La normativa de piscinas privadas comunitarias, al fin y al cabo, se asocia a una zona común, así que debe ser vigilada por el conjunto de propietarios o bien por el administrador de fincas.
Información a los usuarios
Todas las normas relativas a la seguridad, al uso y a la higiene de la piscina comunitaria deben colocarse en un cartel informativo, que debe estar presente tanto en el exterior como también en el interior de las zonas comunes.
Qué seguros debe tener una piscina comunitaria
La normativa de piscinas privadas comunitarias descarta la obligatoriedad de tener un seguro para estos recintos, pero lógicamente es muy recomendable.
Estos seguros suelen incluir las siguientes coberturas, que verás que son en muchos casos muy útiles:
- Responsabilidad Civil Obligatoria para aquellos casos en que se producen daños causados a terceros.
- Seguro para empleados responsables del mantenimiento y de la seguridad de la piscina.
- Indemnización o cobertura de gastos para la reparación de filtraciones, así como en general de problemas de estructura.
- Indemnización o cobertura de gastos para la reparación de desperfectos motivados por causas meteorológicas.
- Indemnización o cobertura de gastos para el tratamiento de actos vandálicos durante su uso.
Normativa de las piscinas privadas unifamiliares
Aquellas que sean piscinas privadas unifamiliares no están reglamentadas bajo el Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, salvo por una excepción: debes informar a las autoridades si en este recinto se producen incidencias graves como lesiones, ahogamientos o intoxicaciones.
Todo lo demás depende del propietario. Y, por si te lo preguntas, si tienes un seguro de hogar y una piscina privada unifamiliar, efectivamente también está incluida bajo las coberturas de este servicio.
Así que si vives en una urbanización con piscina privada comunitaria, lo recomendable es aprovechar el seguro correspondiente como para cualquier otra zona común. Y a nivel particular, cuenta ahora con el seguro de hogar de MASMOVIL para proteger todo lo relativo a tu vivienda, incluida también la piscina si se encuentra en tu parcela.